¡Que nada te detenga de seguir rodando hacia tus sueños! Y mucho menos ahora que el Gobierno Nacional decidió ampliar plazo de alivios para el sector transportador de pasajeros y de carga.
La actualización del decreto 789 de 2020 nos permitirá, como entidad financiera, seguir brindando nuestros servicios bajo el amparo del alivio tributario adicional, IVA CREI, y así reducir el costo de inversión para importar vehículos destinados al transporte público de pasajeros y al transporte público o particular de carga, así como para acceder a la exención del IVA por reposición o modernización de los automotores dedicados a lo mismo.
¿De qué se trata?
El Gobierno nacional estableció que debido a la emergencia sanitaria del COVID-19, será hasta el 31 de diciembre de 2021, la fecha hasta la que se extenderá la medida transitoria del IVA “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”.
El beneficio aplicará para aquellos procesos de compra en Colombia y para importaciones directamente con concesionario, distribuidora o mayorista sin tener que pagar el 19% del valor IVA por adquisición o renovación.
“El Gobierno nacional busca promover la modernización del transporte, con el fin de mejorar la competitividad del sector por medio de la renovación de vehículos a través de un programa de incentivos y condiciones de eficiencia económica y eficacia operativa”, indicó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
¿Cómo me postulo para el beneficio?
Si eres propietario de hasta dos vehículos de transporte público de pasajeros y/o dos vehículos de transporte público o particular de carga, de más de 10.5 toneladas de Peso Bruto Vehicular puedes comunicarte a nuestras líneas para brindarte asesoría personalizada y poner en marcha tu sueño de seguir recorriendo las carreteras del país en mejores condiciones.
Además:
1. Debes estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT.
2. El vehículo a reponer debe estar registrado como ACTIVO y con impuestos al día.
3. En caso de ser vehículo nuevo debe contar con las mismas condiciones mencionadas anteriormente y debe ser para prestar el mismo servicio.
4. Cumplir con las condiciones para la obtención del certificado CREIPASAJEROS y/o CREICARGA a través del RUNT.
Con Finantex, tú llevas la vía
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